El Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, del Ministerio de Fomento publicado el 10 de marzo de 2018 en el BOE nº61, regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Un Plan que mantiene una línea continuista con el anterior (Plan Estatal 2013-2016), en una apuesta por fomentar el alquiler y la rehabilitación con carácter prioritario.

Este plan está constituido por 9 diferentes programas de ayuda a la vivienda:

  • Programa 1: Subsidiación de préstamos convenidos.
  • Programa 2: Ayudas al alquiler de vivienda.
  • Programa 3: Ayudas a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual
  • Programa 4: Fomento del parque de vivienda en alquiler.
  • Programa 5: Fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas
  • Programa 6: Fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.
  • Programa 7: Fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.
  • Programa 8: Ayuda a los jóvenes.
  • Programa 9: Fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad.

De los anteriores programas, por su contenido y beneficiarios a los que va dirigido, se pueden destacar de especial interés para los Administradores Profesionales de Fincas los Programas 5, 6 y 7.

Así, el “Programa 5. Fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas”, tiene por objeto regular las ayudas para las obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de viviendas unifamiliares y edificios de tipología residencia colectiva, mientras que el “Programa 6. Fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas” financia la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad universal tanto en edificios de viviendas de tipología residencial como en viviendas unifamiliares, ya sean urbanas o rurales y en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial.

A su vez, el “Programa 7. Fomento de la regeneración y renovación urbana y rural” financia las obras de rehabilitación de edificios de viviendas y viviendas individuales, así como obras de urbanización de los espacios públicos adyacentes y obras para la construcción de edificios y viviendas que sustituyan a otros que previamente se han demolido en la misma zona. En este sentido, consecuencia de este programa nº7, la Comunidad de Madrid ya ha declarado 23 áreas susceptibles de regeneración y renovación Urbana en un total de 38 municipios madrileños

Con carácter general el importe de las ayudas concedidas será del 40 % de la inversión, ampliable en determinados casos particulares según las características del solicitante o incluso del edificio objeto de la actuación.

Para poder hacer efectivas estas ayudas, el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 especificaba que la gestión de las mismas corresponderá, como en los anteriores Planes, a las Comunidades Autónomas, convirtiéndose de este modo la Comunidad de Madrid en un protagonista imprescindible, motivando el Acuerdo de 24 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, que aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad de Madrid para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en su consideración de Plan de Actuación, en el cual se compromete una partida presupuestaria de 185.984.600€ (un 88% de la misma procedentes de fondos estatales y el resto autonómicos) a este apoyo financiero durante la vigencia del Plan Estatal (2018-2021).

No obstante, cuándo y cómo se van a poder hacer efectivas estas subvenciones es una incógnita que está condicionando muchas inversiones y sobre la que habrá que estar muy atentos. En este sentido, el pasado 6 de febrero se publicó en el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid la “Resolución del Director General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se acuerda la apertura del trámite de consulta pública relativa a un proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la ejecución de obras en edificios y viviendas previstas dentro del programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018”, iniciándose de este modo un plazo de 15 días naturales para esta consulta pública.

Todo este procedimiento está siendo más lento que el que hubieran querido todos los potenciales beneficiarios, por lo que habrá que estar atentos a las novedades que vayan surgiendo, y en caso de necesitarse asesores, contar con la colaboración de aquellos que pueden encontrarse en el directorio SOLUCIONAF.

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